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VIAJAR A LA ARGENTINA: REQUISITOS MIGRATORIOS Y SANITARIOS (ACTUALIZACIÓN 12/01/21)

En fecha 24/12/2020, mediante Decisión Administrativa JGM Nº 2252/2020 y Disposición DNM Nº 3911/2020, el gobierno nacional modificó requisitos para el ingreso de personas al territorio nacional. Estas normas fueron prorrogadas hasta el 31/01/2021 inclusive por Decisión Administrativa Nº 2/2021 y Disposición DNM Nº 40/2021, respectivamente.

La normativa actualmente vigente rige hasta las 00 hs. del 01/02/2021, plazo que podría modificarse en función de la evolución de la situación epidemiológica.

Conforme normativa en vigor, toda persona de 6 años o más que ingrese a la Argentina, independientemente de su nacionalidad y/o categoría de ingreso, deberá presentar constancia de PCR negativa + efectuar cuarentena una vez arribada al país (de 10 días a contar desde la fecha de la toma de la muestra para el test PCR), estableciéndose únicamente unas pocas excepciones específicamente establecidas por la normativa.

Todo pasajero debe completar la Declaración Jurada Electrónica dentro de las 48 hs. previas al vuelo internacional: https://ddjj.migraciones.gob.ar/app/home.php . En los casos de menores de edad o personas con capacidades diferentes que no puedan realizarla por sí mismos, serán el padre, la madre o la persona responsable quien deberá completar los datos requeridos en representación de ellos. Las personas mayores de 70 años quedan exceptuadas de realizar la DDJJ en forma electrónica.

Estas normas no afectan lo establecido con anterioridad en relación con el ingreso al país de extranjeros no residentes que sean familiares directos de ciudadanos argentinos o de extranjeros residentes en la Argentina, quienes además las exigencias arriba mencionadas deberán también dar cumplimiento a los requisitos fijados por Disposición DNM Nº 3763/2020 (que exige un seguro de asistencia médica que comprenda prestaciones de internación por COVID-19) y abonar la correspondiente tasa retributiva de servicios de la DNM.

Además:

La Dirección Nacional de Migraciones (DNM), la Administración Nacional de la Aviación Civil (ANAC) y el Ministerio de Salud coordinarán las acciones necesarias para determinar los cronogramas de vuelos y la cantidad de pasajeros que ingresarán en forma paulatina y diaria al país.

A partir del 09/01/2020 se rehabilitan las autorizaciones otorgadas a rutas aéreas de vuelos directos procedentes de los Países Bajos, Italia, Dinamarca y Australia.

Consecuentemente, quedan autorizados los vuelos hacia la Argentina de KLM (desde Amsterdam) y Alitalia (desde Roma).

Se mantiene la suspensión de las autorizaciones que se hubieran otorgado de rutas áreas de vuelos directos procedentes del Reino Unido.

Consecuentemente, están suspendidos los vuelos hacia la Argentina de British Airways (desde Londres).

El listado de rutas aéreas suspendidas podría ampliarse en función de la evolución de la situación epidemiológica.

Está suspendida la prueba piloto establecida por DA Nº 1949/2020 que autorizaba el ingreso de turistas extranjeros provenientes de países limítrofes.

Fecha de Publicación : 13/01/2021