Requisitos para viajar a la Argentina con perros o gatos:
Para traer mascotas a Argentina, es imprescindible cumplir con los requisitos establecidos por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa). Esto implica obtener un Certificado Veterinario Internacional (CVI) o un pasaporte oficial que cumpla con las normativas sanitarias requeridas.
El CVI debe ser expedido por la autoridad veterinaria del país de origen del animal y debe estar redactado al menos en español. Si se opta por utilizar un pasaporte oficial en lugar del CVI, este debe estar en vigor y contener información detallada sobre la salud del animal, incluyendo vacunación contra la rabia, tratamiento antiparasitario y un examen de salud reciente. Además, dicho pasaporte debe ser validado por un veterinario oficial autorizado por la autoridad sanitaria del país emisor.
Es importante destacar que los pasaportes que no cuenten con la validación correspondiente por parte de la autoridad sanitaria oficial no serán aceptados para el ingreso a Argentina.
Los requisitos sanitarios necesarios para el CVI o el pasaporte están detallados en la Resolución GMC 17/15, la cual establece las condiciones que deben cumplir los documentos para garantizar la salud y seguridad de las mascotas y prevenir la propagación de enfermedades. Los requisitos son:
1- Certificado de Salud:
El documento debe ser expedido por un veterinario certificado en el país de origen, dentro de un plazo máximo de diez (10) días antes de la fecha de emisión del Certificado Veterinario Internacional (CVI). Este certificado debe confirmar que el animal está en buen estado de salud, sin signos de parasitosis, y que está en condiciones óptimas para ser trasladado.
2- Vacunación contra Rabia
Los perros y gatos deben estar protegidos contra la rabia mediante vacunas aprobadas por la autoridad veterinaria del país de origen/procedencia, con la inmunidad vigente dentro del período de validez establecido por el fabricante de la vacuna.
En el caso de animales que reciben la vacuna por primera vez, esta debe administrarse al menos veintiún (21) días antes de su ingreso a Argentina.
Para cachorros menores de 3 (tres) meses, se requiere que la autoridad veterinaria certifique su edad y que no hayan estado en áreas donde se haya detectado rabia urbana en los últimos noventa (90) días antes de su viaje.
Si el país o región de origen del animal cumple con los estándares establecidos por la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA) para ser considerado libre de rabia, el animal puede ingresar sin la vacunación correspondiente. Sin embargo, la autoridad veterinaria emisora del Certificado Veterinario Internacional (CVI) o pasaporte debe indicar esta condición de país o región libre de rabia. La documentación original de vacunación contra la rabia no debe ser retenida y debe permanecer en posesión del propietario o responsable del animal.
3- Desparasitación
Los animales deben recibir un tratamiento contra parásitos internos y externos dentro de los quince (15) días anteriores a la emisión del Certificado Veterinario Internacional (CVI) o a la intervención del pasaporte. Este tratamiento debe realizarse con productos veterinarios autorizados por la autoridad veterinaria del país de origen/procedencia.
Más información disponible en:
http://www.senasa.gob.ar/autorizacion-de-importacion-de-perros-y-gatos
https://www.argentina.travel/sobre-argentina/novedades/traveling-with-pe...
OFICINA LAZARETO CAPITAL
Dirección: Elvira Rawson de Dellepiane (sin número) y Costanera Sur
Teléfono: 4362 5755 / 4361 4632
E-mail: lazareto@senasa.gob.ar
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Información en la página del Senasa.